19/5/09

Declaración Universal de los Derechos del Perro

Considerando que personas, animales y naturaleza pueden y deben vivir en armonía.
Considerando que todos tienen sus propios derechos.
Considerando que los derechos de cada uno deben implicar el respeto por los derechos de los demás.
Considerando que los perros han cedido generosamente su capacidad de subsistir por sus propios medios
para acompañar a los seres humanos y facilitar la civilización.
Considerando que la humanidad tiene una deuda imborrable hacia los animales y la naturaleza.
Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana del derecho a la existencia de las demás
especies animales constituye el fundamento de la coexistencia de les especies en el mundo.
Considerando que el respeto del ser humano por los animales está unido al respeto del ser humano por el ser humano.
Considerando que la educación implica enseñar, desde la infancia, a observar, comprender,
respetar y amar a los animales, y la reverencia por la vida.
Considerando que amar a los animales nos hace más humanos.
PREÁMBULO
PROCLAMAMOS LO SIGUIENTE:
Artículo 1º Ningún perro puede sobrevivir sin ayuda. Abandonar
un perro es una acción cruel y degradante.
Articulo 2º El perro es un ser vivo y tiene derecho a una existencia
digna y a un lugar en la sociedad.
Artículo 3º El perro es un animal social que ofrece y necesita
compañía.
Artículo 4º Los perros pueden diferenciarse según sea su raza,
sexo, tamaño, carácter y capa. Sólo quien se prepara para conocerlos
tiene derecho a tenerlos.
Artículo 5º Los perros tienen un comportamiento propio, diferente
del de los seres humanos. Sólo quien está dispuesto a
conocerlos, sin asignarles comportamientos humanos, tiene
derecho a tenerlos.
Artículo 6º El perro tiene derecho a vivir con sus propietarios y
a crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad propias
de su especie.
a) El perro tiene derecho a ser respetado.
b) El perro tiene derecho a vivir con la madre y a ser criado por
ella un mínimo de cuatro semanas y de aprender a convivir
con seres humanos desde las cinco semanas como mínimo.
c) El perro tiene derecho a aprender, y puede aprender hasta
el último día de su vida. Sólo quien está dispuesto a educarlo,
con paciencia, tiene derecho a tenerlo.
d) El perro tiene derecho a ser aceptado e integrado. Sólo quien
puede garantizar su bienestar tiene derecho a tenerlo.
e) El perro tiene derecho a una buena alimentación, una buena
salud, una buena educación y una buena higiene.
f) El perro puede reproducirse. Sólo quien está dispuesto a planificar
humanitariamente su reproducción o bien la esterilización
tiene derecho a tenerlo.
g) El perro tiene derecho a moverse con libertad y a hacer
ejercicio. Las ciudades deben reservar espacios equitativos
para él y sus propietarios.
h) El perro tiene capacidad para jugar y compartir. Sólo quien
está dispuesto a disfrutar de su compañía tiene derecho a
tenerlo.
Articulo 7º
a) El perro tiene derecho a que su vida sea conforme a su longevidad
natural. El propietario ha de acompañarle amorosamente
hasta su final.
b) Si la eutanasia de un perro es aconsejable por causa de una
enfermedad dolorosa incurable, debe realizarse con la compañía
del propietario, con la intervención del veterinario, después
de dormirlo y ha de ser instantánea e indolora.
a) El cuerpo de un perro muerto debe ser tratado con respeto.
Cualquier acto que implique la muerte innecesaria de un animal
es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo 8º El perro tiene derecho a la limitación razonable de
tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación reparadora
i al reposo.
Artículo 9º Ningún perro puede ser explotado para esparcimiento
humano. Las escenas violentas con perros maltratados han
de ser prohibidas en el cine y en la televisión, a no ser que su
objetivo sea denunciar los atentados contra los derechos de
los animales.
Artículo 10º
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los perros deben
ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del perro deben ser defendidos por la Ley, al
igual que los derechos del hombre.
Texto propuesto por la Fundación Affinity, siguiendo el texto definitivo de la Declaración Universal de los Derechos del Animal, adoptado por la Liga
Internacional de los Derechos del Animal y por las Ligas Nacionales afiliadas tras la 3ª Reunión sobre los Derechos del Animal, Londres, 21 al
23 de setiembre de 1977. La declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas físicas
asociadas a ellas, fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y, posteriormente,
por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
* © Fundación Affinity
WWW.FUNDACION-AFFINITY.ORG Amar a los animales nos hace más humanos

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